Entrada

¿Porqué la mala reputación de la Certificación de Eficiencia Energética?

Captura

Érase una vez…

La palabra “Certificación Energética” (en adelante CE) lleva de moda tanto en el sector profesional como general desde hace ya bastantes años. La inclusión de este concepto en el vocabulario de la mayoría de españoles se sitúa en la aparición del Real Decreto 235/2013 del 5 de abril.

1-0Antes de éste RD, la CE para edificios nuevos ya era obligatoria. Sin embargo, la novedad de dicha normativa era que obligaba a todas las viviendas objeto de un contrato de compra-venta o de alquiler a estar en posesión de un CE vigente.  El RD 235/2013 dotaba a la CE de una cierta retroactividad por la que todos los edificios podrían ser objeto de ella.

A partir de ese momento, el término comienza a extenderse de manera asimétrica en los círculos profesionales y generales. En realidad, la verdadera diferencia surge de la interpretación proveedor/cliente en que se plantea la situación. Quizá esa sea la razón por la que el impacto que ha tenido la obligación de realizar la CE no haya sido el esperado. Centrémonos en el desarrollo experimentado en cada una de las partes.

Villarriba y Villabajo

Los primeros, los encargados de llevarlo a cabo, lo perciben como una oportunidad legítima de negocio por la que poder ampliar su actividad o, en otros muchos casos, para poder sobrevivir a la crisis del sector de la construcción. Está claro que las “condiciones operacionales” del sector en las cuáles aparece la CE no son las idóneas para el desarrollo de buenas prácticas por parte de los profesionales. La altísima competencia que había en el sector, junto a las circunstancias económicas del país, favorecieron que se produjera una guerra de precios entre profesionales. El coste medio alcanzado impidió que los técnicos dedicaran el tiempo necesario para realizar un trabajo de calidad. Al mismo tiempo, los programas de CE propusieron una serie de datos por defecto con los que los técnicos agilizaban el proceso de certificación, siendo amparados por la legalidad, aunque no se ajustaran estrictamente a la realidad existente. Es decir, los programas eran capaces de asignar valores por defecto en base al año de construcción del edificio y su localización geográfica. Todos estos hechos crearon una atmósfera de desprestigio entorno a la CE por la cual son muchos los profesionales que no le encuentran la utilidad, considerándola ellos mismos como un mero trámite con componente económica. Sin embargo, para ser justos, una de las ventajas que tiene el haber planteado este escenario es que el usuario ha disfrutado de precios asequibles para los clientes, favoreciendo un rápido crecimiento del sector.

etiquetaPor otro lado, tenemos al público generalista, el usuario de los CE. Los sujetos de los cuáles los usuarios obtuvieron las primeras noticias sobre este informe fueron los agentes inmobiliarios. Éstos eran los encargados de transmitir a los propietarios de los activos que tenían la obligatoriedad de estar en posesión del CE. De repente, existía un “trámite” extra que además les costaba dinero. La realidad es que, como los beneficios de esta condición técnica no son perceptibles en el corto plazo, no parece que los técnicos estemos autorizados a reprochar a los usuarios esta percepción.

 Quizá, el hecho de que no hayan sido los técnicos redactores los encargados de transmitir este concepto a los usuarios, ha tenido peso en la percepción que estos últimos tienen de la CE. La realidad es que, para el usuario, este requerimiento técnico no es más que una manera de recaudar por parte de la administración a la vez que crear un poco de negocio para el sector.

¿Qué opináis…?

Publicado en ,